Nueva normativa sobre estiba

Estiba derivadad del RD 563/2017 sobre inspecciones en carretera,

A partir del 20 de mayo de 2018 entra en vigor el RD 563/2017 sobre inspecciones en carretera, que entre otras cosas, establece controles sobre la correcta estiba de la carga en los vehículos. La DGT se ha comprometido a realizar más de 15.000 inspecciones técnicas al año.

Hasta ahora, la única referencia respecto a la estiba de la carga en el camión se podía encontrar en el Reglamento General de Circulación (RD 1428/2003) Art 14, que indicaba:

La carga transportada en un vehículo, así como los accesorios que se utilicen para su acondicionamiento o protección, deben estar dispuestos y, si fuera necesario, sujetos, de tal forma que no puedan

Arrastrar, caer total o parcialmente, o desplazarse de manera peligrosa.
Comprometer la estabilidad del vehículo
Producir ruido, polvo u otras molestias que puedan ser evitadas.
Esta amplia definición ha permitido que los camiones y furgonetas circularan durante años sin apenas control sobre este campo. Y ello, evidentemente, ha tenido sus consecuencias. Se calcula que entre un 25 y un 45% de los accidentes del transporte de mercancías tienen que ver con la mala estiba de las cargas.

El nuevo real decreto, regulará las inspecciones técnicas que se harán a los vehículos comerciales en el territorio español. En su anexo III determina una serie de normas técnicas, que definen cuestiones como el cálculo de las fuerzas de amarre, los puntos de amarre y la resistencia de la carrocería del vehículo, los paneles y puntales, las cinchas, las eslingas, las cadenas y los cables de amarre que se utilizan en el trincaje, así como la utilización de los contenedores ISO, las cajas móviles, y el empaquetado de las mercancías para su transporte.

Este Real Decreto es una transposición de la directiva europea 2014/47 EU, de modo que todos los países de la UE tendrán las mismas regulaciones e inspecciones.

Esta nueva normativa no está exenta de polémica ya que varias asociaciones de transporte han hecho públicas sus dudas ante las nuevas responsabilidades que se atribuyen a conductores y  titulares de los vehículos. Según estas federaciones, la normativa choca frontalmente con el reglamento de transporte, en la cual se determina que el conductor no interviene en el proceso de la carga, por lo que entienden que en esos casos la responsabilidad atribuida al conductor debería de ser del cargador.

 

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