El Real Decreto 427/2021, sobre la protección de los trabajadores contra los riesgos relacionados con la exposición a agentes cancerígenos durante el trabajo, incluye en el nuevo cuadro dos novedades que suponen una importante afectación para los talleres de reparación de vehículos: aceites minerales usados y valor límite de exposición a humos diésel.
Se incluyen en la lista de cancerígenos los aceites minerales utilizados en motores de combustión interna para lubrificar y refrigerar los elementos móviles del motor. El riesgo es por exposición cutánea. Los talleres deben actuar para proteger al trabajador de la exposición a estos agentes. Algunas medidas preventivas adecuadas serian:
1. Uso de guantes obligatorio en aquellas operaciones en que haya exposición directa con el aceite mineral usado.
2. Velar por que todos los recipientes, envases e instalaciones que contengan los aceites minerales usado estén etiquetados de manera clara y legible y colocar señales de peligro claramente visibles.
3. Limitar al menor número posible los trabajadores expuestos o que puedan estarlo.
4. Evitar que los trabajadores coman, fumen o beban en las áreas donde se manipulan dichas sustancias.
5. Proveer a los trabajadores de ropa de protección apropiada o de otro tipo de ropa especial adecuada, cuando la naturaleza de los trabajos lo requiera.
6. Disponer de lugares para guardar de manera separada las ropas de trabajo o de protección y las ropas de vestir. Doble taquilla.
7. Los trabajadores han de disponer, dentro de la jornada laboral, de diez minutos para su aseo personal antes de la comida y otros diez minutos antes de abandonar el trabajo.
8. El empresario se debe responsabilizar del lavado y descontaminación de la ropa de trabajo de los trabajadores expuestos, quedando prohibido que los trabajadores se lleven dicha ropa a su domicilio para tal fin. Si se contrata la actividad de lavado con una empresa especializada, la empresa debe asegurarse de que la ropa se envía en recipientes cerrados y etiquetados con las advertencias precisas.
Por otro lado, se establece un valor límite de exposición diaria para las emisiones de motores diésel: 0,05 mg/m3 en fracción respirable, que será de aplicación a partir del 21 de febrero de 2023. El efecto cancerígeno de los humos diésel ya era conocido, pero ahora se facilita un valor que permite determinar a partir de qué momento la exposición es peligrosa para la salud.
Es evidente que la mejor manera de reducir la exposición a las emisiones de humos diésel es evitar la generación de esos humos en origen, mediante soluciones tecnológicas en los vehículos y maquinaria que utilicen este combustible (catalizadores, filtros, sustitución por otros tipos de combustibles alternativos,…). Pero eso es una solución a medio-largo plazo, y los talleres deben empezar ya a tomar medidas. Algunas sugerencias:
1. Garantizar una ventilación adecuada de las instalaciones. Evitar combustiones diésel en recintos cerrados sin ventilación.
2. Instalar equipos de captación y eliminación de humos en los tubos de escape de motores diésel.
3. Reducir el tiempo de exposición al humo al máximo
4. Limitar al menor número posible los trabajadores expuestos o que puedan estarlo.
5. Concienciar y formar al personal sobre la peligrosidad de los humos diésel
6. Uso de mascarillas mínimo FFP2 en ambientes donde no se pueda evitar la presencia de humos.
Consulte con su técnico de prevención para valorar la aplicación de medidas más concretas y adaptadas a su empresa.